De acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC ), se entenderá por Planificación Urbana Comunal aquella que promueve el desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales de desarrollo económico-social, y se realizará por medio del Plan Regulador Comunal .
El Plan Regulador Comunal es un instrumento de planificación territorial constituido por un conjunto de normas sobre adecuadas condiciones dirigidas a los edificios y espacios urbanos, y conforme a la relación funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento.
Sus principales objetivos y alcances son:
- Promover el desarrollo armónico del territorio comunal
- Ordenar el crecimiento físico (dónde y cuánto)
- Disponer de los usos de suelo apropiados
- Conectar adecuadamente el territorio con el resto de la ciudad
- Incentivar la concentración de la inversión pública y privada
- Promover la protección del medio ambiente
Sus disposiciones se refieren a:
- Zonificación de Usos de Suelo
- Jerarquización de la estructura vial
- Fijación de límites urbanos
- Determinación de condiciones de edificación, tales como densidades, coeficiente de constructibilidad, ocupación máxima del suelo, etc.
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